Desde el 1 de septiembre de 2026, la regulación de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) adquirió mayor relevancia en la Ciudad de México, al comenzar la aplicación de disposiciones que obligan a determinados usuarios a contar con registro, placas, tarjeta de circulación y, según las características de la unidad, licencia para circular. El esquema busca ordenar un tipo de transporte que ha crecido en las calles capitalinas, pero también plantea interrogantes sobre la forma en que se integrará la micromovilidad comercial.
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad (Semovi), los VEMEPE constituyen una categoría específica dentro de las nuevas formas de desplazamiento individual. La dependencia establece que estos vehículos cuentan con acelerador independiente, dos o más ruedas, motor eléctrico y velocidades superiores a 25 kilómetros por hora; además, los clasifica en tipos A y B de acuerdo con su peso.
El gobierno capitalino habilitó un sistema oficial para realizar el registro de estos vehículos. La plataforma de Semovi contempla la obtención de placas de matrícula, tarjeta de circulación y Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME) para los vehículos que correspondan a cada categoría. Esta medida pretende facilitar la identificación de las unidades y establecer responsabilidades para quienes las utilizan.
La regulación también contempla sanciones para quienes incumplan las disposiciones. Información institucional de la Ciudad de México señala que los conductores de scooters, bicicletas eléctricas y otros vehículos comprendidos en la regulación pueden ser sancionados conforme a las modificaciones realizadas al Reglamento de Tránsito y al marco de movilidad. Las multas pueden ubicarse entre 10 y 20 UMAs, dependiendo de la infracción.
Sin embargo, la regulación de los vehículos particulares contrasta con la situación de las empresas que ofrecen scooters mediante aplicaciones. El programa piloto de micromovilidad en el que participaron Lime, JET y Whoosh concluyó el 31 de agosto, por lo que las compañías dejaron de prestar el servicio comercial y recibieron un plazo adicional para retirar las unidades de la vía pública.
La prueba piloto permitió a las autoridades evaluar el comportamiento de este modelo de transporte durante su operación en la capital. De acuerdo con los datos señalados por la Semovi, el esquema acumuló alrededor de 117 mil viajes durante 60 días. El resultado será utilizado para determinar si existe viabilidad para establecer un sistema permanente de transporte individual sustentable.
El punto central es que, mientras existe un procedimiento administrativo para regular a los propietarios de vehículos eléctricos particulares, el servicio empresarial de renta permanece sin autorización permanente. La diferencia evidencia un vacío que las autoridades deberán resolver si pretenden incorporar de manera estable a los scooters compartidos dentro de la red de movilidad de la capital.
La propia Semovi mantiene actualmente habilitados los mecanismos para registrar vehículos de movilidad eléctrica personal, lo que confirma que la política pública hacia estos medios de transporte continúa avanzando en el ámbito particular. No obstante, la regulación del servicio comercial requiere definir aspectos adicionales, entre ellos las condiciones de operación, zonas autorizadas, responsabilidades de las empresas, estacionamiento, seguridad vial y mecanismos de supervisión.
El reto para la administración capitalina será evitar que la regulación se limite a imponer obligaciones y sanciones a los usuarios particulares sin resolver simultáneamente las condiciones jurídicas para la prestación de servicios de micromovilidad compartida. La eventual creación del Sistema de Transporte Individual Sustentable (SiTIS) deberá establecer reglas claras que permitan determinar qué empresas podrán operar, bajo qué requisitos y con qué mecanismos de control.
La discusión también adquiere relevancia desde la perspectiva de movilidad sustentable. Los scooters y bicicletas eléctricas pueden cubrir desplazamientos cortos y complementar otros sistemas de transporte, pero su incorporación a la infraestructura urbana requiere reglas que protejan a peatones, ciclistas y conductores, además de garantizar que las unidades puedan ser identificadas y que las empresas respondan por su operación.
Por ahora, el escenario es de transición: los usuarios particulares deben atender las obligaciones previstas para los VEMEPE, mientras que las empresas de renta permanecen a la espera de una definición regulatoria. La decisión que adopte la Ciudad de México determinará si los scooters compartidos se consolidan como una alternativa formal dentro de la movilidad capitalina o permanecen sujetos a esquemas temporales


